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Impuesto al consumo e impuesto sobre las ventas ¿Son lo mismo?

Impuestos al consumo e impuestos sobre las ventas Son lo mismo

Si quieres saber todo acerca del impuesto al consumo y del IVA, junto con las modificaciones y exenciones para este 2021, has llegado al blog correcto, a continuación, te presentamos la información que necesitas.

¿Qué es el impuesto sobre las ventas?

El impuesto sobre las ventas, IVA, o impuesto al valor agregado es una obligación tributaria que corre por cuenta de los consumidores de productos o servicios en el momento que cancelan el precio de los mismos. Este impuesto se establece teniendo en cuenta el valor agregado de los artículos, ahora ya que sabemos que es el IVA en Colombia veamos el siguiente ejemplo:

Un comerciante de ropa compra una camisa por $50000 y la vende por $70000, es decir que le agregó $20000 al valor inicial para obtener ganancia. Entonces, para calcular el IVA en este caso se debe dividir el valor total de la camisa ($70000) entre 1.19, cifra que representa el IVA del 19%.

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impuesto sobre las ventas

Para saber más puedes leer ¿Qué es el IVA o impuesto al valor agregado?

Con la Ley 1819 de 2016, también conocida como reforma tributaria, el porcentaje del impuesto sobre las ventas se incrementó del 16% al 19%. Sin embargo, no todos los productos están gravados con el mismo porcentaje, ya que existen tarifas diferenciales para algunos casos especiales e, incluso, hay productos que están exentos. Información que puedes consultar en las tablas a continuación:

1. Tarifas diferenciales del IVA:

Tarifas diferenciales del IVA

2. Productos exentos del IVA:

Infografía Productos exentos e IVA

Los encargados de recaudar este impuesto son todos las personas jurídicas o naturales que cumplan con alguna de las siguientes condiciones:

  • que vendan bienes muebles no excluidos específicamente del IVA en el Artículo 477 del Estatuto Tributario;
  • que cobren honorarios por prestación de servicios;
  • que importen bienes muebles no excluidos explícitamente del IVA en el estatuto tributario;
  • que vendan, operen o estén involucrados con la circulación de juegos de suerte y azar, con excepción de las loterías.

De acuerdo con esto, todas las empresas y personas naturales que no cumplen con los requisitos para ser parte del régimen simplificado del impuesto sobre las ventas deben cobrar el IVA, reportarlo a la DIAN y hacer el pago correspondiente, es decir aquellos catalogados como responsables del régimen común.

Esta división es fundamental para entender todo el proceso tributario alrededor del cobro del IVA, ya que algunas personas y microempresarios no tienen la obligación de realizarlo. Pero esta excepción legal es muy específica y el monto de ingresos brutos que determinan si se puede pertenecer cambia periódicamente, por lo que es útil estar al tanto de la información, ya que, si la DIAN considera que se está evadiendo esta obligación, puede imponer sanciones severas.

Para saber si perteneces al régimen simplificado puedes hacer clic en este enlace

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Ten el control de los impuestos que debes aplicar a tus productos mediante un software administrativo:

Nuevas tarifas de IVA para el turismo en 2021

Debido a la situación sanitaria ocasionada por el Covid-19 y teniendo en cuenta que uno de los sectores más afectados por la pandemia es el del turismo, el gobierno Nacional establece la nueva Ley del Turismo, Ley 2068 de 2020 con el fin último de fortalecer la sostenibilidad, formalización y competitividad del sector, así como promover la reactivación del turismo, para consolidar el país como un destino altamente reconocido, sostenible, responsable y de calidad. (MinCIT,2020)

Lay Ley aprueba entre sus medidas tributarias (transitorias) la reducción del IVA, del 19% al 5%  en los tiquetes aéreos hasta el 31 de diciembre de 2022, detención transitoria del pago de la sobretasa a la energía para los hoteles, alojamiento, eventos y parques y la reducción transitoria del impuesto al consumo al 0%. También se elimina el pago de la sanción para la reactivación del Registro Nacional de Turismo (RNT) hasta marzo del próximo año.

Así las cosas, la nueva Ley de Turismo también ofrece inversión con la tarifa especial del 9% del impuesto sobre la renta para promover la construcción de hoteles nuevos, parques temáticos y remodelaciones respectivas.  Ampliando el periodo de construcción de 4 a 6 años.

Adicionalmente, esta nueva ley, pensando en lo ocurrido con las Islas el año pasado, trae nuevas herramientas de apoyo para San Andrés, Providencia y Santa Catalina como el destinar de los $15 dólares que se pagan de impuesto nacional al turismo, $0.5 dólares para invertir en la competitividad, promoción e infraestructura del departamento de San Andrés y otros $0.5 dólares directamente para la reconstrucción de Providencia y Santa Catalina, durante la vigencia 2021.

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¿Qué es el impuesto nacional al consumo o impoconsumo?

Este es un impuesto diferente al IVA, descrito en el artículo 512 – 1 del estatuto tributario, que se aplica a la venta o prestación de bienes o servicios que no son considerados como indispensables o que no están dentro de la canasta básica familiar con los siguientes porcentajes:

1. Impuesto del 4%: de acuerdo con el artículo 512 – 2 del estatuto tributario los servicios de llamadas, datos, internet y navegación móvil deben cobrar el 4% de impuesto al consumo sobre el precio total del servicio, cuando este valor es superior a los $47000; excluyendo el impuesto sobre las ventas o IVA. La finalidad de este recaudo es apoyar el deporte con el 70% del dinero que se recoge de este fondo, y la cultura, con el 30%.

2. Impuesto del 8%: de acuerdo con el artículo 512-3 del estatuto tributario se deben gravar en un 8% los siguientes bienes:

    • Vehículos automóviles de tipo familiar, pick up y camperos cuyo valor es igual o inferior a los 30000 dólares, aproximadamente $85000000 en Colombia.
    • Motocicletas con cilindrajes superiores a los 200 cc.
    • Yates, embarcaciones de recreación, botes de remo y canoas.

3. Impuesto del 16%: de acuerdo con el artículo 512 – 4 del estatuto tributario el impuesto al consumo debe ser del 16% para:

  • Vehículos automóviles de tipo familiar, pick up y camperos cuyo valor es igual o superior a los 30000 dólares, es decir, más de $85000000 aproximadamente.
  • Motocicletas con cilindrajes superiores a los 250 cc.
  • Globos, dirigibles, planeadores y demás aeronaves no propulsadas por motor que sean de uso privado.
  • Helicópteros, aviones, vehículos espaciales, satélites y vehículos suborbitales de uso privado.

Cabe aclarar que el incumplimiento de este impuesto da lugar a las mismas sanciones aplicables al impuesto sobre las ventas contemplados en el artículo 402 del código penal, que se puede tratar de una pena privativa de la libertad de entre 40 y 108 meses.

Exención del impuesto al consumo en 2021 

El impuesto al consumo fue una de las novedades de la reforma tributaria del 2016, en la que se estipuló que se debe pagar el 8% del valor total del servicio, excluyendo el IVA, por consumo de:

  • comidas y bebidas preparadas en restaurantes cafeterías, autoservicios, heladerías, fruterías, pastelerías y panaderías dentro del establecimiento;
  • estos mismos productos para llevar;
  • entregas a domicilio;
  • servicios de alimentación bajo contrato;
  • comidas y bebidas alcohólicas dentro de bares, tabernas y discotecas.

No obstante, debido a lo difícil que ha sido, para este sector económico, mantenerse en pie durante la pandemia, el gobierno Nacional mediante la Ley 2068 de 2020 además de aliviar la situación del turismo también, decreta que bares, restaurantes, gastrobares quedan exentos del impuesto al consumo hasta el 31 de diciembre de 2021.

Excepciones al cobro del impuesto al consumo

La norma exime del impuesto al consumo a los restaurantes que son franquicia o trabajan bajo modelo de concesión, regalía o cualquier otro sistema que implique explotación de activos intangibles ya que estos están gravados por la tarifa general del impuesto sobre las ventas o IVA.

Además, los servicios de comidas preparadas, restaurantes y cafeterías en establecimientos educativos, así como aquellos de alimentación institucional o e empresas bajo contratos de catering tampoco están sometidos al cumplimiento de esta obligación.

Finalmente, de acuerdo con el parágrafo 3 de la ley 1607 de 2012, el impuesto al consumo no se impone para el departamento del Amazonas y el territorio del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, excepto por el caso de los botes, yates y embarcaciones mencionado anteriormente.

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No te confundas con el recaudo del impuesto al consumo y el IVA, deja que un software administrativo lo resuelva por ti.

Adriana Carolina Leal autora siigo blog periodista

Escrito por Adriana Carolina Leal

Soy Periodista de la Universidad del Rosario. Tengo experiencia en redacción para medios impresos, digitales y televisivos. Me apasiona el tango, la investigación y la realización audiovisual. Soy una Blogger dedicada a mejorar la vida de contadores, empresarios y estudiantes, escribiendo sobre los temas más actuales que les pueden interesar.

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yanair

8/31/2022

hola

trabajo con una empresa que vende prendas de vestir , los clientes aveces pagan en dolares pero es natural de bogota colombia al realizarle la factura a ese cliente que me pago con dolares debo generar el iva?

MANUEL CODINA

1/6/2022

el negocio de elaboracion de productos de panaderia actividad 1080 industrial para clientes directo como panaderia ,tiendad etc estan gravado con el impuesto al consumo

Valentina Navarro

1/18/2022

Hola Manuel. Según el artículo 426 del Estatuto Tributario el servicio de comidas y bebidas preparadas en panaderías está gravado con el impuesto al consumo excepto en los casos que se preste como franquicia. Puedes verificar esta información directamente en la fuente que te menciono. Espero haberte ayudado :). Gracias por leernos.

CREARQ

6/28/2021

Buen día, como se contabiliza la venta de un licor( ICO-IVA), es una empresa comercializadora?

Ingri Romero

5/16/2021

Buenas noches, si un supermercado vende cerveza ¿debe cobrar el impuesto al consumo por este producto? La duda surge es por que en discotecas, bares y tabernas si se debe cobrar o por ser una bebida alcohólica se paga dicho impuesto según las tarifas dependiendo del grado de alcohol de la bebida o la cantidad de centímetros cúbicos vendidos.

Agradezco la información que nos brindan.

Laura Amaya

5/28/2021

Hola Ingrid un gusto saludarte atendiendo a tu pregunta, el impuesto al consumo se da depende de donde se consuma, es decir, si tú vendes la cerveza y tu cliente la consume dentro del establecimiento como lo hacen en los bares o restobares, entonces, debes pagar impuesto al consumo, pero si por el contrario vendes la cerveza y tu cliente la lleva para consumir en su casa o un lugar diferente a tu negocio debes pagar IVA.

Esperamos esta información haya sido de ayuda para ti y resuelto tu duda.

Gracias por comunicarte con nosotros.

ASTRID MONTEMEGRO

5/12/2021

Hola Buenas noches, tengo una duda, la empresa donde yo trabajo presta el servicio de internet, y los estratos 1 y 2 son exentos, estrato 3 excluidos y 4, 5 y 6 son gravados, y el valor del servicio es de $ 70.000, según la norma no debo causar y descontar el 1,5 uvt (36.308 x 1,5= 54.462), ósea 70.000 – 45.462 = 15.538 y sobre este resultado se calcula el 4% que me da $622 estos 622 debo engrasarlos al formulario. como debo calcular el impuesto del INC, si en el formulario 310 solo se calcula sobre el servicio gravado. Usted me podría dar un ejemplo practico. Gracias

Laura Amaya

5/28/2021

Hola Astrid, un gusto saldarte, en atención a tu pregunta la base gravable en el impuesto al consumo corresponde al valor de la venta del bien o servicio sin incluir el impuesto a las ventas, para mayor información te invitamos a leer el siguiente artículo.

Gracias por comunicarte con nosotros.

Mafe Sanchez

3/15/2021

Hola tengo una pregunta puntual, nosotros vendemos tortas desde la planta de producción y las gravamos con iva, vamos a abrir un punto de venta al publico en este caso las tendriamos que vender con ipoconsumo?

Martha Angulo Ríos

7/12/2021

Hola Mafe, es un gusto saludarte. Si las tortas se van a consumir dentro del establecimiento, sí se deben vender con ipoconsumo. Si son para llevar, se factura el IVA.

DANIELA

3/8/2021

HOLA TENGO UNA CAFETERIA DONDE SE VENDEN PRODUCTOS PREPARADOS Y OTROS ALIMENTOS YA HECHOS SOY REGIMEN COMUN PERO NO SE SI DEBO COBRAR TODO CON INC O LOS PRODUCTOS COMO (PAQUETES DE GALLETAS, Y BEBIDAS YA LISTAS)**DEBO COBRARLOS CON IVA AGRADECO SU RESPUESTA.

Laura Amaya

8/9/2021

Hola Daniela un gusto saludarte, en atención a tu pregunta aquellos productos que el cliente consuma en el establecimiento generalmente se les cobra el impuesto al consumo, si son para llevar se les cobra el IVA.

Gracias por comunicarte con nosotros

DANIELA

3/8/2021

HOLA TENGO UNA CAFETERIA DONDE SE VENDEN PRODUCTOS PREPARADOS Y OTROS ALIMENTOS YA HECHOS SOY REGIMEN COMUN PERO NO SE SI DEBO COBRAR TODO CON INC O LOS PRODUCTOS COMO (PAQUETES DE GALLETAS, Y BEBIDAS PREPARADAS) DEBO COBRARLOS CON IVA AGRADECO SU RESPUESTA.

Martha Angulo Ríos

7/12/2021

Hola Daniela, es un gusto saludarte. En referencia a tu pregunta, el impuesto al consumo se cobra siempre y cuando el cliente lo consuma dentro de las instalaciones del negocio. Si el producto es para llevarlo, se cobrará el IVA.

Ximena

2/24/2021

Hola una pregunta tengo una empresa que se dedica a la elaboración y venta de productos como tortas, gelatinas, postres, según mi actividad económica no debo actuar con iva? Otra duda debo cobrar El impuesto al consumo? ya que el cliente no consume el producto dentro del establecimiento sino solo compra para llevar

Laura Amaya

7/8/2021

Hola Ximena un gusto saludarte, en atención a tu pregunta, los productos de panadería como los que elaboras en tu empresa no están gravados con IVA pero sí eres responsable del impuesto al consumo ya que directamente se estás fabricando el producto. Ahora bien, para este año según la Ley de turismo 2068 hay un beneficio en el que se tributa sobre una tarifa al 0%, es decir, una Reducción de las tarifas del impuesto nacional al consumo en el expendio de comidas y bebidas. Las tarifas del impuesto nacional a consumo de que tratan los artículos 512-9 y 512-12 del Estatuto Tributario se reducirán a cero por ciento (0%) hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 2021..

Gracias por comunicarte con nosotros

Paola

2/15/2021

Buenas tardes, quisiera preguntar si una empresa cuya actividad es elaborar y vender alimentos a domicilio mediante plataformas digitales debe facturar el impoconsumo y el IVA? en caso tal a quien se lo factura si los clientes compran y pagan a través de la plataforma y el establecimiento no tiene datos del cliente ya que el contacto del cliente al momento de la compra es directamente con la plataforma, quien posteriormente emite a la empresa una factura por un valor general de ventas sobre las cuales cobra una comisión y sobre esta comisión el IVA.

Laura Amaya

5/28/2021

Hola Paola un gusto saludarte, atendiendo a tu pregunta el art 426 del Estatuto Tributario menciona que este tipo de servicios de venta de comida a domicilio están obligados al cobro del Impuesto al Consumo; conforme a lo establecido también en el artículo 512-1, cabe anotar que los contribuyentes que desarrollen esta actividad mediante contratos de franquicia estarán sometidos al Impuesto sobre las Ventas.

De igual manera te sugerimos revisar el siguiente artículo para mayor información.

Gracias por comunicarte con nosotros.

Erika

12/17/2020

buen día, una pregunta respecto a las facturas POS, es verdad que las facturas POS para una ferretería no debe superar el valor de $70.000

Erika

11/10/2020

Hola buen día, una licorera debe aplicar IVA a sus productos y además Impoconsumo? Gracias

Laura Amaya

11/12/2020

Hola Erika, respondiendo a tu inquietud, en este caso se debe aplicar el impoconsumo de acuerdo a los grados de alcohol , conforme a lo establecido en el artículo 20 de la Ley 1818 2006 y la certificación 03 de 2019. Ten presente qua aparte de impuesto al consumo debes cobrar el ad valorem, aplicando una tarifa del 25% sobre el precio de venta al público.

Gracias por comunicarte con nosotros.

Jairo

7/6/2020

Hola es una pregunta de como se debe pagar en las facturas, el IVA y el Ipoconsumo con decimales, se suman los dos valores ( IVA + Ipoconsumo) y dependiendo del resultado de la sumatoria de esos 2 se redondea segun el decimal ? (si es menor que 5 al multiplo de 10.00 mas cercano ?
o se redondea cada uno por aparte ? y se suman

Paula Garzón

7/15/2020

Hola Jairo,
Estos dos valores no se suman, es decir, se deben trabajar de manera independiente.
Gracias por tu consulta.

malory gonzalez

6/10/2020

hola tengo una duda, es esta: “Prestacion del servicio de telefonia movil sobre la totalidad del servicio sin incluir IVA… Tarifa: 4%” Muy bien, ahora como es actualizada al 19% (2020)

Paula Garzón

6/11/2020

Hola Malory,
Así es, recuerda que la tarifa va variando de año a año

camilo rocha

4/23/2020

Hola tengo un local donde vendo 3 tipos de queso fresco( cuajada, queso doble crema y queso campesino) yo mismo hago el queso, debo pagar impuesto al consumo? muchas gracias

Paula Garzón

6/9/2020

Hola Camilo
Para los productos que se consumen dentro del establecimiento tendrás que cobrar el impuesto al consumo y para aquellos que solo sean comercializables solo para la venta y no consumibles dentro del establecimiento, se les debe cobrar el IVA
Gracias por tu consulta

Alexander Cabanillad

4/13/2020

Hola que tal? Tengo una gran duda. En caso de que a un producto se le aplique el IVA mas el Impoconsumo, como se debe calcular el precio total del producto ?
Por ejemplo tengo un producto con precio base de 4000 entonces calculo el precio mas el iva y luego ese resultado le aplico el impoconsumo o se calcularía el iva con el valor base y luego el impoconsumo por el valor base y el resultado de cada uno por separado se lo sumo al valor base?

Paula Garzón

4/21/2020

Hola Alexander.
Siempre es el valor base más el Imposconsumo y el valor base más el iva. Así entonces el resultado sería al final Valor base + IVA + Impoconsumo.
Gracias por tu consulta

Jose

3/14/2020

Buenas noches una pregunta puntual los círculos de suboficiales del ejército deben cobrar el IMPUESTO DE CONSUMO?sabiendo que son retenedores de IVA régimen común Y ICA

Paula Garzón

6/17/2020

Hola Jose
El impuesto al consumo recae sobre los bienes y servicios que están regulados en los ART 512-1 y subsiguientes, dentro de estos bienes y servicios están los servicios de telefonía móvil, Internet y navegación, los vehículos de tipo familiar y camperos, aeronaves y el servicio de explendio de comidas y bebidas preparadas en restaurantes, autoservicios etc.
Si necesitas mayor información puedes consultarla aquí
Gracias por tu consulta

Maausa

1/21/2020

Tengo un café en el cual vendo pasteleria y cosas preparadas por mi, y cosas no preparadas por mi. Debo cobrar a todo el 8% de Impoconsumo? O lo debo diferenciar

Paula Garzón

5/21/2020

Hola Maausa
Para los productos que se consumen dentro del establecimiento tendras que cobrar el impuesto al consumo y para aquellos que solo sean comercializables solo para la venta y no consumibles dentro del establecimiento, se les debe cobrar el IVA
Gracias por tu consulta

Carol

1/5/2020

Hola. N saludo, si creo una empresa que le encuentra clientes y ventas a otras empresas, que impuestos debe pagar mi empresa gracias por la respuesta.

Mayra Alexandra Barrero Coral

1/10/2020

Hola, Carol ?
Debes verificar primero si eres responsable o no del IVA o de otros impuestos. Te recomiendo consultar el artículo 437 del Estatuto Tributario, parágrafo 3.

Jhon

1/3/2020

Hola, tengo una duda, esta actividad económica “Actividades de posproducción de películas cinematográficas, videos, programas, anuncios y comerciales de televisión” debe pagar impuestos sobre ventas o impuestos al consumo? gracias

Mayra Alexandra Barrero Coral

1/10/2020

Hola, Jhon ?
En el Estatuto Tributario encuentras información sobre los servicios excluidos del IVA, más exactamente el artículo 476.
Recuerda que el impuesto al consumo se cobra a “los prestadores de servicios de restaurante (todo negocio que venda comidas o bebidas), los operadores de telefonía móvil y los vendedores de algunos vehículos, botes y aerodinos”.

ALEJANDRA RAMOS

11/25/2019

Muy buenas noches. Tengo una pregunta si creo una empresa de venta de cafe donde tengo que facturar el impuesto al consumo pero mis insumos van gravados a la tarifa del iva 19%; como queda contable mente y como se realiza la declaración de iva.

Muchas gracias por la pronta respuesta.

Mayra Alexandra Barrero Coral

12/2/2019

Buen día, Alejandra ?
Debes verificar muy bien los estatutos que aplican a la creación de tu empresa, es decir, las responsabilidades que puedes tener respecto al IVA o del impuesto al consumo. En estos temas contables es necesario que busques a un contador que te asesore adecuadamente para que no tengas inconvenientes en el futuro.
¡Saludos!

Jairo Forero

10/21/2019

Hola, pondré un café en una isla (no local) en un centro comercial,
1.allí se venderán todos los productos de pastelería, pero estos no se prepararán en el sitio sino que se llevarán preparados. ¿Como se le aplican los impuestos?.que tipo de impuesto?
2. Todo lo que tiene que ver con café si se preparara allí. ¿Como aplican los impuestos? Y qué tipo de impuesto
3. Se venderán desayunos saludables con wafles que ya vienen preparados por fuera y café / jugó elaborado en sitio. ¿como se cobran los impuestos y qué tipo de impuestos?

Mayra Alexandra Barrero Coral

10/31/2019

Hola, Jairo 🙂
1. Te invitamos a consultar los artículos 512-1 y 512-8 del Estatuto Tributario.
2. Puedes revisar el artículo 468-1 del Estatuto Tributario aquí.
Si tienes dudas más específicas sobre el recaudo de impuestos u otra duda, puedes recurrir al servicio de atención que tiene la DIAN a través de su chat virtual.
¡Saludos!

Norman Manco

10/15/2019

Saludos, valoro mucho la forma en que nos informan.
Tengo una inquietud. Una empresa conocida donde pido domicilio me cobra el 19% sobre el gran total osea; la pizza cuesta $30.000 y el domicilio $4.500 para un total de $34.500 y el gran total que pago es: $41.600 osea que me aplican el 19% de el iva al domicilio. En lo personal no me parece correcto que piensan ustedes. Estaré en un error! Mil gracias

Mayra Alexandra Barrero Coral

10/18/2019

Hola, Norman.
Es un gusto que te ayude nuestro blog 🙂
Las empresas deben acatar el pago de IVA según las responsabilidades tributarias que tengan y los productos o servicios que vendan. Si consideras que pueden existir inconsistencias en la recaudación del IVA puedes remitirte al servicio PQRS y realizar el reclamo.

Jorge

10/10/2019

Hola, tengo una empresa de eventos y ofrezco varios servicios entre ellos el catering, para hacer una factura por un montaje y un servicio de catering discrimino el impuesto que le tengo que sacar a cada uno es decir al catering le saco el 8% y al montaje el 19% o todo va con el 19%

Mayra Alexandra Barrero Coral

11/6/2019

Hola, Jorge 🙂
Una factura puede estar gravada con diferentes impuestos, y de acuerdo al tipo de producto, la normatividad que rige tu empresa debe discriminarse el impuesto.
Te recomendamos utilizar un software contable y administrativo como Siigo para que no tengas que lidiar con estos dilemas ya que el programa realiza esto por ti.

oscar lozano

9/18/2019

Buenas Tardes,

estoy interesado en montar un supermercado, cuales son los impuestos q debo pagar?

Mayra Alexandra Barrero Coral

9/19/2019

Hola, Oscar 🙂
Debes tener en cuenta los productos que vas a vender. En el Estatuto Tributario puedes revisar los artículos 424 y 477.También puedes ampliar la información con este artículo que tenemos para ti: productos gravados con IVA para el 2019.

Karen

8/30/2019

Buenos dias una empresa comercializadora que compra a un restaurante que cobra el impoconsumo del 8% el registro que debe hacer la empresa comercializadora seria discriminando a parte la cuenta del impoconsumo o la empresa debe llevarlo como mayor valor.
Es que no tengo claro como realizar el registro contable

Mayra Alexandra Barrero Coral

9/19/2019

Hola, Karen 🙂
De acuerdo a lo que estipula la Ley, los restaurantes discriminan en la factura el Impuesto Nacional al Consumo. En el artículo 512-1 del Estatuto Tributario puedes profundizar más.

Katheryn

8/23/2019

Buenas noches, en el hotel donde trabajo se ofrece obtener por medio de nosotros desayunos a los huespedes, es decir, el hotel lo vende a X precio, se queda con el 10% sobre ese valor y el restante se le entrega al restaurante, tengo un contrato con ese restaurante, yo le entrego unos bonos al huesped el se dirige al restaurante y toma su desayuno, al realizar mi factura debo generar impuesto sobre esta venta??? el restaurante me entrega una factura mensual para el cobro del dinero que les pertenece.

Saludos

Mayra Alexandra Barrero Coral

9/19/2019

Hola, Katheryn 🙂
Antes de generar el impuesto en la factura, es importante que analices factores como: si eres persona natural o jurídica, si eres responsable o no del IVA. Esto te permitirá tener claridad sobre lo que debes incluir en tu factura. Te invito a que des clic en este artículo para profundizar un poco más.

Roosvelt

8/21/2019

Una pregunta…compro productos de consumo como alimentos preparados, granos, aceites, todo lo que vende un supermercado. El supermercado que me provee me da un mejor precio por mayorista pero obviamente ese mejor precio incluye el iva. ahora bien al yo re-venderlo a mis cliente en modo de domicilio le recargo un pequeño porcentaje a cada producto, ejemplo un 3% más y + el 5% que me da el supermercado por ser mayorista eso quiero decir que mi utilidad es del 8% por producto vendido a mi cliente. Pertenezco al régimen común entonces cual seria mi obligación tributaria en este tipo de negocio y tengo que cobrar de nuevo el iva a mi cliente aun yo habiendo ya pagado el iva al supermercado? muchas gracias

Mayra Alexandra Barrero Coral

9/19/2019

Hola, Roosvelt.
Gracias por consultar nuestro blog 🙂 Cuando perteneces al régimen común eres considerado por la DIAN como un Responsable del IVA, por ello debes cumplir con los requisitos estipulados en el artículo 4 parágrafo 3 de la Ley 1943 de 2018. En este momento puedes requerir la asesoría de un contador, pues cada caso puede ser diferente.

Sandra

8/14/2019

buena tarde, soy regimen comun y me dedico a hacer enventos, dentro del paquete incluyo almuerzos y refrigerios y en el valor cobro iva del 19%.
la pregunta es: estoy cobrando mal el iva de los refrigerios y los alumerzos?. que seria lo correcto?.
Muchas gracias

Mayra Alexandra Barrero Coral

9/19/2019

Hola, Sandra.
En tu caso, es necesario que revises las responsabilidades fiscales que tienes ante la DIAN. Si eres régimen común puedes revisar el artículo 4 parágrafo 3 para que amplíes la información.
Feliz día 🙂

ADELA USECHE

7/10/2019

Buenas tardes,tengo una fruterìa como determino el valor del impuesto al consumo por la preparacion de ensaladas de frutas y jugos?

Laura Valentina Navarro Olaya

7/12/2019

Hola Adela. En ese caso debes consultar el artículo 512 del Estatuto Tributario donde se establecen las tarifas, bienes y servicios gravados con este impuesto.

Yaneth pabon

7/5/2019

Si se es responsable de impuesto al consumo 8% en una industria manufacturera (tarifa de restaurante), al comprar materia prima,servicios o gastos con impuesto al consumo o IVA, este impuesto se contabiliza como mayor valor del costo o gasto, o en q cuenta ?

Mayra Alexandra Barrero Coral

10/2/2019

Hola, Yaneth 🙂
Este impuesto debe contabilizarse dado que hace parte de los insumos necesitados para la venta.

Yolanda Montañez

7/2/2019

Buena tarde,
tengo una pregunta
soy una empresa sas responsable de impuesto al consumo, comenzare a venderle una a franquicia, mi pregunta es, el producto que yo le venta a la franquicia se lo vendo con impuesto al consumo o con IVA?
gracias.

Laura Valentina Navarro Olaya

7/12/2019

Hola Yolanda. En ese caso debes consultar el artículo 468 y 512 del Estatuto Tributario, donde se establecen los bienes y servicios gravados con IVA e Impoconsumo respectivamente; las tarifas y otros datos complementarios.

Ana Milena PARRA RUIZ

6/24/2019

Buenas noches, una pregunta si una empresa tiene un contrato por prestación de servicios a la cual le están cobrando el impuesto nacional al consumo desde el 2012 hasta el 2019 con retroactivo esto lo puede hacer la empresa con la que se tiene dicho contrato, ya que desde el momento de firmar el contrato no quedo por escrito que este impuesto impuesto seria cobrado.

Mayra Alexandra Barrero Coral

9/30/2019

Hola, Ana Milena 🙂
Este tema es necesario evaluarlo directamente con un abogado dado que si no se estipuló nada por escrito hay que identificar porque se dio el cobro y seguir un procedimiento para entrar a resolver la situación.

FERNANDA

6/21/2019

Buenas tardes

Quisera saber por favor, si un restaurante bajo contrato sigue excluido de IVA para 2019?

Muchas gracias

Laura Valentina Navarro Olaya

7/12/2019

Hola Fernanda. Gracias por leernos. Con la Ley de Financiamiento emitida en Diciembre de 2018 se eliminaron todas las referencias a los regímenes simplificado y común, ahora se entienden como “régimen de responsabilidad del impuesto sobre las ventas” de acuerdo con el artículo 17 de dicha Ley. Te cuento esto porque en tu caso para saber si un restaurante bajo contrato sigue excluido de IVA en el 2019 es necesario que sepas si haces o no parte de este régimen; para ello debes consultar el parágrafo 3 del artículo 4 de la Ley de Financiamiento con los requisitos establecidos para no ser responsable de este impuesto, o dicho en otras palabras, para no pertenecer al Régimen de responsabilidad del impuesto sobre las ventas, en caso contrario a estos requisitos, serás responsable de IVA. Aquí te dejo el enlace para que consultes el documento completo: Ley de Financiamiento

Laura Stephy

6/19/2019

Un bien que está gravado con el impuesto sobre las ventas en ningún caso estará gravado con el impuesto nacional al consumo.Verdadero o fals?

Laura Valentina Navarro Olaya

7/2/2019

Hola Laura. Lo mejor siempre es verificar ese bien en el listado de bienes gravados con IVA y en listado de bienes gravados con Impuesto al consumo. Ambos están en el Estatuto Tributario, artículo 468 y 512 respectivamente.

john fredy Romero licona

6/6/2019

hola, tengo una bodega de cerveza; soy persona natural régimen común. Aun no tengo claro como cobraré a los clientes el iva del 19%. Lo que tengo claro es que no debo pagar ni cobrar impuesto al consumo ya que bavaria me lo cobra ( creo que no debo cobrar ni pagar mas). Por ejemplo la caja de águila me viene así en la factura.
total antes de iva e ico $ 27.322
total descuentos $ 4.623 quedando el precio bruto antes de iva e ico en $ 22.699
total ico ________________________________________________________ $ 9.504
total iva ________________________________________________________ $ 4.313
total a pagar ____________________________________________________ $ 36.516 yo a estos $ 36.516 le sumo $ 1.000 que es mi ganancia; vendiendo a mis clientes esa misma caja en $ 37.515 . Mi duda es ¿como calculo el iva en la factura del cliente? . Algunos me dicen que debo coger los $ 22.699 de precio bruto antes de iva e ico y sumarle mi ganancia de $ 1.000, que daría. $ 23.699 y a ese valor sacarle el 19% que serian $ 4.502. ¿es eso cierto?.

mi segunda duda es entonces como debe ser la factura que yo le entregue a el cliente que me compró esa caja de aguila.

gracias y que pena ser tan extenso; ah! que plan tienen para mi con su programa SIIGO teniendo en cuenta lo antes mencionado.

Laura Valentina Navarro Olaya

8/12/2019

Hola John. El iva debe calcularse sobre el valor total del producto y la factura debe llevar los requisitos establecidos en el Artículo 617 del Estatuto Tributario. Con Siigo puedes hacer estos cálculos automáticamente, estar tranquilo con tus impuestos y la emisión de facturas que cuentan con todo lo exigido legalmente; además, tienes facturación electrónica incluida, control de inventarios, indicadores en tiempo real y mucho más. Te invito a que nos dejes tus datos de contacto o que te comuniques directamente a nuestras líneas de atención: https://wordpress-233394-713621.cloudwaysapps.com/contactenos/
Espero haberte ayudado. Feliz día 🙂

Maria

5/22/2019

Hola , en una empresa comercializadora sas , se venden productos de la canasta familiar; también cervezas , antes del mes de marzo se venia facturando la venta de la cerveza sin impuesto al consumo , sin iva , ya que el proveedor no discriminada ningún impuesto , a hora con la entrada en vigencia de la ley de financiamiento a partir del 1 de marzo , nos están discriminado el impuesto de consumo y el iva , como debo llevar ese impuesto de consumo en la compra como mayor valor del costo ? ya que la DIAN dice que es mayor valor del costo por ser un impuesto MONOFASICO , el concejo técnico NO OPINA LO MISMO

Gracias

Laura Valentina Navarro Olaya

5/28/2019

Hola Maria. En ese caso la recomendación es seguir las indicaciones dadas por la DIAN, debido a que es el ente regulador de impuestos. Saludos 🙂

Luis

5/15/2019

Tengo un local de comidas rápidas pertenezco al régimen simplificado persona natural que debo pagar de impuestos con la nueva ley de financiamiento?.

Carlos

5/4/2019

Encontre que el impuesto al consumo en ventas se lleva al cuenta 2495 o se crea la 249501 si se quiere discriminar, credito cuando se causa y de debita cuando se paga

Juan Esteban Rodriguez Peña

5/6/2019

Buen día Carlos

Esto depende del criterio contable, el valor que se registre en la cuenta designada debe estar presente a la hora de generar el formulario de declaración de IVA para que sepas que casilla debe llevar.

Saludos 🙂

Carlos

5/4/2019

Hola, a que cuenta (puc) se lleva el impuesto al consumo en una venta?

Laura Valentina Navarro Olaya

5/28/2019

Hola Carlos. Debes crear una cuenta auxiliar en la cuenta 2408

Nicolas cubillos

4/23/2019

Buenos Días,

Quisiera saber si el servicio de baños públicos es gravado con iva o es exento

Gracias

Laura Valentina Navarro Olaya

5/3/2019

Hola Nicolás. Puedes consultar el artículo 468 del Estatuto Tributario. Adicionalmente puedes consultar este artículo donde se encuentra un listado completo de los bienes gravados con ese impuesto para este año: Productos gravados con IVA para el 2019.

Judith Ortiz

4/13/2019

Buenos días, comencé un restaurante el 1 de Abril de este año. En el vendo alimentos preparados y también licor, cerveza y otros, debo facturar el impuesto al consumo y el iva también? o solo el impuesto al consumo. Como debo declarar en forma bimestral o cuatrimestral?

Juan Esteban Rodriguez Peña

4/23/2019

Hola Judith

Efectivamente debes declarar el impuesto al consumo y también el IVA por el hecho de vender cerveza en el establecimiento. Te aconsejamos revisar con tu contador de confianza la mejor aplicación para las liquidaciones y respectivos pagos.

Saludos 😉

Lorena peña

4/11/2019

Buena noche, una pregunta una franquicia vende aparte de los productos correspondientes a la franquicia otros productos estos otros deben ser gravada con IVA ??al igual que los de la franquicia

Juan Esteban Rodriguez Peña

4/23/2019

Hola Lorena

Esto depende de los productos que comercialices, te aconsejamos revisar si estos productos están gravados con IVA en la canasta familiar y si corresponden a tu actividad económica.

Saludos 😉

Orlando Bravo

4/8/2019

Tengo un bar donde solo vendo licores para el consumo al interior del establecimiento debo cobrar el INC y a que entidad se paga ese impuesto.

Laura Valentina Navarro Olaya

8/12/2019

Hola Orlando. En ese caso te recomiendo consultar el Artículo 512 del Estatuto Tributario donde se regula todo lo relacionado a este tema. Saludos 🙂